Carpetazo final a la utilización de la marca El Clásico. El Tribunal General de la Unión Europea (UE) ha denegado el recurso de LaLiga para poder registrarlo como marca denominativa en la Oficina de Propiedad Intelectual (Euipo). En un caso anterior, ya se topó con la oposición de FC Barcelona y Real Madrid, aunque esta decisión no tiene nada que ver con los recursos de estos clubes.
“La denegación de esta marca supondrá para LaLiga la falta de ius prohibendi sobre el signo, es decir, no tendrá la exclusividad sobre el uso del término ni sobre la representación gráfica, cumpliéndose así los intereses de Real Madrid y Barça que se mostraron en contra de este registro”, ha explicado Alicia Salinas, abogada de Pons IP.
La letrada afirma que, a consecuencia, “el término y su representación podrán ser utilizados por cualquier tercero legítimamente, sin que LaLiga pueda prohibir a los clubes u otras organizaciones esta actuación”. Además, el Trbiunal y la Euipo consideran que el término El Clásico en sí “no presenta la suficiente distintividad como para poder identificar un origen empresarial y poder, por tanto, convertirse en una marca registrada”.
El caso se remonta a 2017, cuando LaLiga trató de obtener la marca registrada
La patronal presidida por Javier Tebas inició los trámites en julio de 2017 para ámbitos que iban desde la organización de eventos deportivos, formaciones y su utilización en medios de comunicación y redes sociales. Es un registro denominativo que han conseguido registrar ya en Estados Unidos, Emiratos Árabes, China y México. De haber salido adelante, los patrocinadores y otras entidades no podrían utilizar la denominación El Clásico sin autorización previa.
La petición de LaLiga fue rechazada primero en la Oficina Española de Patentes y Marcas (Oepm) y, posteriormente en Europa. La Euipo falló en contra de LaLiga en agosto de 2018, denegando la solicitud de registro, una sentencia recurrida por la patronal y que ahora ha sido desestimada en sentencia firme. En el primer informe del tribunal de patentes y marcas de la UE se indicaba que “el hecho de que la marca sea descriptiva o carezca de carácter distintivo en una de las lenguas oficiales de la Unión es suficiente para denegar el registro”.
Asimismo, se aseguraba que “para el público español la palabra clásico designa algo tradicional y característico” y que en otros países El Clásico se utiliza “como una expresión para describir un enfrentamiento deportivo que existe entre dos equipos con notable rivalidad, no sólo en encuentros futbolísticos”.
El principal motivo de rechazo se encontraba en la distintividad, ya que la UE consideró que la expresión no era propia del partido entre blancos y blaugranas. La defensa de LaLiga, por el contrario, señaló en aquel momento que “para salvaguardar los derechos de nuestro representado y los consumidores habría que decretar la distintividad sobrevenida con reivindicación principal”, algo que se descartó desde la Euipo.
Tras la última sentencia del Tribunal General se indica que la competición española “no presentó pruebas que demostraran que una parte significativa del público percibiera la marca solicitada como una indicación del origen comercial a de los servicios”.